¿Está permitido realquilar el inmueble si los actuales inquilinos se van?

por | Ago 3, 2022 | Alquilar

Supongamos que quiere comprar una casa en una ciudad donde se aplica la ley de protección de la compra. Esta propiedad ha sido alquilada. Muchos propietarios se preguntan: supongamos que los inquilinos se van, ¿se puede volver a alquilar esta vivienda?

La respuesta es la siguiente. El objetivo de la Ley de Protección de la Compra es, entre otras cosas, que los inversores inmobiliarios no se lleven más viviendas del parque inmobiliario existente. La norma es que una propiedad debe haber sido alquilada de forma continua durante al menos seis meses. Sólo entonces deja de aplicarse la Ley de Protección de Compras. Si los inquilinos se van, puede seguir alquilando la vivienda para siempre y ya no se aplica la ley de protección de la compra. Tenga en cuenta que las demás normas aplicables se aplican en todo momento. Por lo tanto, si alquilas un piso, debe estar permitido por la comunidad de propietarios, y/o si alquilas en un lugar donde se requiere un permiso de residencia, esto no cambia.

Tenga en cuenta que la norma de que la propiedad debe estar alquilada durante al menos 6 meses también se aplica en el momento de la transferencia de la propiedad. Si los inquilinos se marchan antes de que se produzca el traspaso de la propiedad, lamentablemente usted, como arrendador, tiene mala suerte, porque entonces la casa le será entregada libre de alquiler y entonces se aplicará de nuevo la ley de embargo.

Creación de archivos

¿Está comprando o vendiendo un inmueble en régimen de arrendamiento en una zona en la que se aplica la protección por compra? Entonces nuestro consejo urgente es que mantenga un buen archivo con el que pueda demostrar que la propiedad ha sido alquilada durante al menos 6 meses en el momento de la transferencia de la propiedad. En este expediente se puede pensar en: un contrato de alquiler firmado. Extractos bancarios que muestren los alquileres pagados, comunicación con los inquilinos, etc.

El motivo es que si el ayuntamiento toca el timbre más tarde y discute si la casa ha estado alquilada durante 6 meses, usted puede demostrarlo suficientemente.

Aplicación de la ley

Ahora bien, la otra pregunta es: ¿cuál es la posibilidad de que te pillen si la vivienda que has comprado no ha estado alquilada durante más de 6 meses o si los inquilinos acaban de marcharse en el momento de la transmisión de la propiedad? Que quede claro que no queremos animarles a saltarse las normas. Pero dicho esto, nos parece a nosotros y a nuestro asesor jurídico que es una tarea bastante imposible para la aplicación de un municipio comprobar adecuadamente esta norma de 6 meses de la vivienda alquilada. No todos los inquilinos se registran en un municipio, y también es muy difícil averiguar desde el punto de vista notarial y del registro de la propiedad cuándo se alquiló exactamente una propiedad.